Última actualización: 17 de febrero de 2026
Este Acuerdo se celebra entre Alolilo LLC, una empresa de Ohio («Alolilo»), y usted («el Socio»). Al registrarse, usted reconoce actuar como contratista independiente. Nada en este Acuerdo crea una relación laboral, de agencia o empresa conjunta. Usted no tiene autoridad para vincular a Alolilo ni actuar en su nombre.
Usted ganará una comisión sobre las «Ventas Cualificadas». La comisión se calcula sobre el monto neto, una vez deducidos impuestos, reembolsos, tarifas de transacción (procesadores de pago) y gastos administrativos. Alolilo se reserva el derecho de deducir estos gastos directamente de sus comisiones.
Está estrictamente prohibido pujar por palabras clave de la marca «Alolilo» (o variaciones) en motores de búsqueda (Google Ads, Bing, etc.). El spam (correos no solicitados), el «relleno de cookies» y la publicidad engañosa resultarán en la terminación inmediata y la pérdida de comisiones.
Alolilo le otorga una licencia limitada, no exclusiva y revocable para utilizar los logotipos y enlaces proporcionados únicamente con el fin de promover nuestros servicios. No podrá modificar nuestros elementos visuales ni crear confusión sobre el origen del servicio.
Alolilo se reserva el derecho exclusivo, absoluto y discrecional de suspender, cancelar o terminar su cuenta de socio unilateralmente, en cualquier momento, por cualquier motivo (incluida la inactividad) y sin previo aviso ni indemnización. Esta decisión es definitiva.
Alolilo no será responsable por daños indirectos, lucro cesante o pérdida de datos. Usted acepta indemnizar y eximir a Alolilo de cualquier reclamación derivada de sus actividades promocionales o negligencia.
Alolilo puede modificar estos términos a su entera y absoluta discreción, en cualquier momento y sin su acuerdo previo. Es su responsabilidad revisar estos términos regularmente. Su participación continua constituye la aceptación irrevocable de las modificaciones.
Este Acuerdo se rige por las leyes del Estado de Ohio, EE. UU. Cualquier disputa no resuelta amistosamente se someterá a arbitraje exclusivo en el condado de Franklin, Ohio.
LAS PARTES ACUERDAN QUE CADA UNA PUEDE PRESENTAR RECLAMACIONES CONTRA LA OTRA SOLO EN SU CAPACIDAD INDIVIDUAL Y NO COMO DEMANDANTE O MIEMBRO DE UNA CLASE. EL ÁRBITRO NO PODRÁ CONSOLIDAR LAS RECLAMACIONES DE MÁS DE UNA PERSONA.